viernes, 18 de mayo de 2012

Argumentos e IBI


Los acuerdos firmados entre el Vaticano y el Estado español en 1979 reconocen, entre otros, a la Iglesia la exención de pagar el principal impuesto municipal: el de Bienes Inmuebles (el IBI) en templos y capillas destinados al culto y en dependencias y locales anejos destinados a la actividad pastoral.

¿Qué justificación podría tener esta medida en el momento actual?.  Veamos
  • Se puede justificar en la labor asistencial y de socorro que la iglesia realiza entre sus feligreses y otros que no lo son; pero, la Seguridad Social también asiste de modo universal y por sus hospitales y consultorios paga el correspondiente impuesto.
  • Se podría argumentar que la Iglesia católica queda exenta del pago de IBI por ser una confesión religiosa, pero en este país también existen otras confesiones religiosas con gran número de seguidores, que no acumulan ni la tercera parte de los bienes inmuebles que posee la iglesia católica.
  • Se podría argumentar que la Iglesia católica no paga el IBI por ser la religión mayoritaria en este país, pero todos los españoles, seguidores o no de esta confesión ya contribuimos con nuestros impuestos a su mantenimiento marquemos o no la correspondiente casilla en la declaración del IRPF, ya que son los acuerdos con el gobierno los que garantizan esta aportación de manera fija e inamovible (alrededor de 13 millones al mes). Por lo tanto sólo se estaría devolviendo una parte del propio dinero que el Estado da a la Iglesia a ser ingresado nuevamente por vía de este impuesto.
  • Se podría argumentar que gran parte de los bienes histórico-artísticos que lucen nuestros pueblos y ciudades son propiedad de la Iglesia católica. Pues bien, hay que sumar además todo el dinero que esta confesión recibe del Estado de manera directa e indirecta par mantener y rehabilitar este patrimonio.
  • Se podría argumentar que realiza una labor educativa en sus edificios, pero el dinero que recibe para estas actividades ya sirve para subvencionar sus colegios privados-concertados y profesores, así como los de religión en los colegios públicos (sin ningún tipo de pruebas de acceso excepto las de afinidad religiosa con el obispado), sus asociaciones, eventos religiosos y apostolado en diversos ámbitos incluidos los espacios y colegios públicos.

Lo cierto es que en la actualidad en España no existe un censo actualizado de los bienes propiedad de la iglesia católica, no se conocen registros fiables sobre sus posesiones en fincas rústicas y urbanas y a qué actividades concretas se destinan  y se dedican estos establecimientos.

Si queremos establecer un baremo equitativo y justo que trate a todos los vecinos por igual, debemos recabar toda la información posible y para ello el instrumento a nuestro alcance se muestra claro: CENSO ACTUALIZADO, de las propiedades de la iglesia católica y sus organizaciones en Olías del Rey

Con objeto de proceder a recaudar el IBI correspondiente a esas propiedades y generar de esta manera un ingreso directo que, además de solidario con sus conciudadanos, permita una justa recaudación que contribuya a aliviar las maltrechas arcas municipales.